¿En qué consiste la formación bonificada?
Todas las empresas disponen de un crédito para Formación asignado que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada la misma (REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo).
¿Quién puede beneficiarse?
¿Cuándo hay que solicitar la bonificación?
Debe comunicarlo a la Cámara como mínimo 10 días (naturales) antes del inicio de la acción formativa.
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